a) Inmuebles de carácter urbano:
b)Inmuebles de carácter rústico: 0,469%
a)Turismos: euros.
b) Autobuses:
c) Camiones
d) Tractores
e) Remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica:
f) Otros vehículos:
Para la bonificación del 100% en el caso de los vehículos antiguos, se aplicará a partir del ejercicio siguiente a la presentación de la solicitud de bonificación por parte del interesado.
TABLA |
TARIFA % |
Obras menores de construcción, edificación e implantación de toda clase de nueva planta presupuesto hasta 6.000 € |
Exentos |
Obras de construcción, edificación e instalación de toda clase de nueva planta |
3,5 |
Obras de construcción, edificación e instalación de toda clase de nueva planta en el sector agrícola |
0.35 |
Obras de construcción, edificación e instalación en el sector industrial |
4.5 |
Obras de ampliación y/o modificación o reforma de construcciones, edificios e instalaciones de toda clase de existentes |
3.50 |
Obras de modificación interior y/o de rehabilitación de edificaciones, cualquiera que sea su uso, incluidas las que supongan división de viviendas preexistentes en dos o mas viviendas |
3.5 |
Movimientos de tierra, obras de desmonte y explanación en cualquier clase de suelo, demolición de construcciones e instalaciones |
5 |
Obras de ejecución de rellenos y/o vertederos de conformidad con la definición del decreto 423/1994 del Gobierno Vasco en lugares y vertederos autorizados |
5 |
El artículo 7-5 de dicha Ordenanza decía textualmente lo siguiente: “En el caso de de ejecución de obras de rellenos o vertederos señalados en el punto 11 del artículo 3, la base imponible se fijará mediante el siguiente módulo:
B.I.= volumen de relleno en m3 x 3,10 euros/m3.
B.I.= en el caso de relleno proveniente de obras del proyecto TAV volumen en m3 x 1,60 euros/m3
Cuota (euros)
Por otorgamientos de licencias a obras menores: -euros.
* Presupuestos de hasta 6.000,00 euros,-............... Exentos
* Presupuestos de 6.000,00 / 30.000,00-.............. 130,00
Por otorgamiento de licencias a obras mayores .-euros
* Referidas al sector agrario............................. 35,30
* Viviendas (hasta 2 viviendas)....................... 343,40
* Viviendas (3 o mas viviendas)..................... 852,24
* Industria
Hasta 1.000 m2.............................................. 852,24
De 1.000 a 5.000 m2..................................... 1.700,63
Más de 5.000 m2........................................... 2.554,31
Por actos municipales promovidos por particulares .-euros
* Tramitación de Plan Parcial, Plan Especial y Proyecto de
urbanización... 4.256,99
* Tramitación de proyectos de estudios de detalle 2.341,63
* Proyectos de Reparcelación y Compensación...... 3.405,72
* Consultas urbanísticas.......................................... 425,71
* Consultas urbanísticas de Agricultura.................. 42,55
* Resto.................................................................... 894,00
Los gastos por publicación de anuncios son aparte y siempre por cuenta de los solicitantes.
* Otorgamiento de licencias para
establecimientos con actividades
no perjudiciales o sin clasificar............................................. 426,00
* Otorgamiento de licencias para
establecimientos con actividades clasificadas:
- Comercios.............................................. 426,00
- Industrias............................................... 852,40
- Otras instalaciones............................... 852,40
* Servicio doméstico............................................. 88,17
* Servicio comercial............................................. 204,90
*Servicio industrial............................................... 410,70
* Mandubiko benta................................................ 361,59
* Por servicio de inhumación en tierra......... 150,55
* Por exhumación de enterramiento en tierra... 150,55
Cuota (.-euros)
* Hasta las 22 horas por utilización del
alumbrado, cada 1/2 hora..... 1,48
* Alquiler para práctica de pelota:
- Sin alumbrado, por hora......................... 4,00
- Con alumbrado, por hora....................... 6,68
* Alquiler para práctica de otros deportes:
- Sin alumbrado, por hora........................ 19,46
- Con alumbrado, por hora...................... 22,00
* Alquiler del frontón para otros usos:
- Mítines (costos de alumbrado aparte)........ 67,00
- Conciertos (costos de alumbrado aparte).. 96,00
Las empresas suministradoras que hacen una utilización privativa o aprovechamiento especial del vuelo, suelo, subsuelo del dominio público municipal para suministro de todo el municipio o una parte importante del mismo, deberán satisfacer el equivalente al 1,5% de la facturación bruta en dicho municipio.
Tasa.- por cada viaje y 500 m.l. o fracción se abonará el importe de 9,94 euros. Los solicitantes que acrediten convenientemente haber contribuido a la mejora y /o conservación de dicho camino con aportación gratuita por prestación personal abonarán el 10% del importe indicado.
Fianza.- Se fija la cuantía unitaria de 40,00 euros por cada 500 m. de longitud o fracción de camino rural a utilizar y viaje.
ORDENANZA PARA LA CELEBRACION DE DESPEDIDAS POR FALLECIMIENTO O CUALQUIER CLASE DE HOMENAJE CIVIL EN EZKIO-ITSASO (EL TEXTO INTEGRO DE ESTA ORDENANZA ESTA PUBLICADO EN EL B.O.G. DE FECHA 07-10-2011)